Hoy se publicó en el Boletín Oficial la modificación a la ley 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres. Se incorporó como delito la violencia ejercida en espacios públicos como medios de transporte y centros comerciales.
En el artículo 6 la violencia contra las mujeres en el espacio público. También se modificó el inciso o del artículo 2 que refiere a la incorporación de líneas telefónicas «destinada a dar contención, información y brindar asesoramiento sobre recursos existentes en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen, incluida la modalidad de “violencia contra las mujeres en el espacio público” conocida como “acoso callejero”».
La información que se obtenga a través de las denuncias, será recopilada por el Consejo Nacional de las Mujeres a fin de elaborar estadísticas confiables para la prevención y erradicación de las diversas modalidades de violencia contra las mujeres.
Por otra parte, se busca tipificar la violencia política contra la mujer a la intención de impedir, obstaculizar y restringir el ejercicio de la mujer en el ámbito político. Se hará injerencia en la no vulneración en el derecho de la participación ciudadana y de asuntos públicos y políticos.
Finalmente, en el marco del Consejo Federal de educación, se incorporará contenidos mínimos curriculares sobre la perspectiva de género, la tolerancia, el respeto, «la igualdad de los sexos», la democratización de las relaciones familiares y la vigencia de los derechos humanos.