La violencia sexual que vivió la adolescente se tornó sistemática, permanente. Los abusos de su padrastro habrían empezado cuando ella tenía trece años. Con una hija de dos, producto de los abusos del hombre, decidió acercarse a la jueza Legarreta para un aborto no punible.
En primera instancia, la jueza autorizó la práctica ya que era un derecho legal. Días después, la víctima regresó al juzgado con un cambio de decisión producto del diálogo con médicos y psicólogos del hospital. La condición de la adolescente -según señala Legarreta- era no tener contacto con el recién nacido. Ante esta situación de complejidad, de deficiencia en la información y de vulnerabilidad, la jueza ofreció otro tipo de autorización: la adopción prenatal. El fallo fue firmado el 12 de julio, un día antes del nacimiento del bebé.
La polémica surge de una decisión que está por fuera de la ley, ya que la adopción prenatal no se encuentra regulada por ninguna legislación del país. Sin embargo, la adopción tiene como objeto proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes dentro de un marco seguro, en un contexto de cuidado material y afectivo. Bajo esta realidad, la adopción prenatal no piensa en los derechos del niño, sino en el deseo de «los padres adoptivos». La pareja asumió la responsabilidad del cuidado provisorio de la niña, tras el fallo que observa la adopción como de carácter «cautelar y urgente».
El respaldo del fallo fue que la víctima tenía «plena libertad para cambiar su decisión desde el momento mismo del nacimiento del niño».
Proyecto de adopción prenatal
Tras los arduos debates generados en torno al aborto legal en Argentina, los sectores que se oponían buscaron propuestas alternativas, entre ella, la adopción prenatal. Las propuestas no fueron del todo convincentes por varias razones: hay muy pocos bebés (menores de un año) en el sistema de adopción y esta medida, vulneraría los derechos de los niños y niñas que ya nacieron. Hay quienes, por su parte, aseguran que de esta manera «aumentaría un mercado negro de adopciones».
En la actualidad, la legislación contempla el puerperio: luego de parir, la mujer o cuerpo gestante tiene 45 días para arrepentirse frente a la decisión de adopción. A su vez, la búsqueda de padres no puede ser arbitraria, ya que se realiza a través de los inscriptos en el Registro Único de Aspirantes.