En 2018 la sentencia del crimen de Lucía Pérez vislumbró nula perspectiva de género en su fallo. Por el femicidio y abuso sexual a la joven, a dos de los tres imputados se los condenaron a ocho años de prisión por venta y tenencia de estupefacientes. Esta tarde el Tribunal de Casación Penal bonaerense anuló la absolución y ordenó que se realice un nuevo debate «con la premura que el caso amerita».
El juicio se realizó en 2018 y tuvo como resultado la absolución de Matías Gabriel Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Alberto Maciel.
Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 se basaron en las declaraciones de los peritos que dijeron que no hubo lesiones compatibles con agresión sexual. Por ello, solo acusaron a dos de los imputados por tenencia y venta de estupefaciente.
La fiscal María Isabel Sánchez, a los días de la muerte de Lucía, habló en conferencia de prensa donde indicó que los acusados drogaron, abusaron y empalaron a la adolescente. Finalmente, lavaron el cuerpo para ocultar sus huellas.
Los jueces Gómez Urso, Viñas y Carnevale expusieron que “no existen elementos probatorios que permitan señalar que Lucía se encontraba en una situación de subordinación o vulnerabilidad”. Y aseguraron que no existió «ni violencia física, psicológica ni mucho menos cosificación» porque todo se dio en el marco del consetimiento.