La presentación del protocolo se dio en el marco del Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres y el día que, en 2005, la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto eligió para lanzar su organización.
La presentación de la actualización del «Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción voluntaria y legal del embarazo» está destinada a los equipos y centros de salud e incorpora recomendaciones internacionales para el procedimiento de IVE/ILE. La Ley 27.610 sancionada en diciembre se publicó hoy en el Boletín Oficial como anexo a la resolución1535/2021.
En este marco, la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, destacó: “Es una enorme conquista de las luchas de las mujeres y diversidades. No lo tenemos que naturalizar”.
En la misma línea, la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, destacó que el protocolo es «un paso más en la historia de la igualdad y la justicia social. Es una herramienta indispensable para cumplir con la IVE y la ILE en todo el país y evitar peligros y daños a las mujeres y personas gestantes”.
Desde Cuba, Carla Vizzotti participó de la presentación virtual y señaló que se trata de «una guía para todo el sistema de salud. Las provincias y las organizaciones son protagonistas para garantizar esta ley y estos derechos”.
Las claves del protocolo
El documento se divide en dos partes. La primera está dedicada al marco legal, los principios rectores del derecho a interrumpir un embarazo no deseado; las condiciones para el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo y a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE); consentimiento informado, según el caso; objeción de conciencia; responsabilidad profesional; y responsabilidad institucional.
En la segunda parte, la guía desarrolla el proceso de atención integral de las mujeres y cuerpos gestantes con derecho a interrumpir su embarazo. El objetivo es asegurar la práctica y no obstruirla.
Los puntos claves según el artículo 4 de la Ley 27.610
- Derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14.
- Derecho de acceder a la ILE si el embarazo es resultado de una violación
- Acceso a una ILE si la mujer o cuerpo gestante estuviera en peligro.
El artículo 5 plantea:
- Trato digno
- privacidad
- confidencialidad
- autonomía de la voluntad
- acceso a la información
- calidad para garantizar el tratamiento del aborto.
Se debe considerar los estándares de la OMS y un marco de derechos humanos.
Otro punto clave es la consejería en derechos sexuales y reproductivos con el propósito de brindar información y acompañamiento en la «toma de decisiones autónomas».