El Banco Central comunicó que finalmente las entidades financieras volverán a atender al público sin turno a partir del lunes. De todas maneras continuarán garantizando las medidas de prevención correspondientes a la situación
Los #bancos podrán atender sin turno a partir del lunes, 15 de noviembre, garantizando las medidas preventivas de salud.
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En un comunicado se comunica que «las entidades financieras y las empresas vinculadas podrán realizar la atención presencial del público en general sin turno».
«En caso de optar por dar prioridad a la atención con turno, las entidades deberán exhibir esa condición en forma clara en sus páginas de Internet, el turno no podrá demorar más de tres jornadas hábiles«, detalla el mismo.
El Banco Central aclaró que «si la capacidad de atención lo permite, se podrá atender con ambas modalidades, dando prioridad a la atención de los clientes que tienen turno y a personas con discapacidades o con movilidad reducida».
La norma alcanza a las entidades financieras, empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra y otros proveedores no financieros de crédito inscriptos. A su vez, la medida incluye casas de cambio y empresas de cobranzas extrabancarias.
Esta medida tomada por el Directorio del BCRA alcanza a:
🏦 Entidades financieras
💳 Empresas emisoras de tarjetas de crédito
💲 Los otros proveedores no financieros de crédito inscriptos
💱 Casas de cambio
👉 Empresas de cobranzas extrabancarias— BCRA (@BancoCentral_AR) November 11, 2021
El BCRA detalló que «el pago de haberes previsionales o prestaciones de la seguridad social se deberá realizar conforme al cronograma establecido por el respectivo organismo. El día en que los beneficiarios deban presentarse para cobrar su jubilación, pensión y/o prestación, podrán realizar cualquier otro trámite».
Más adelante, la normativa enfatiza que «las entidades alcanzadas por esta resolución están sujetas al estricto cumplimiento de las normas sanitarias y de las recomendaciones dispuestas por las autoridades sanitarias nacional y/o jurisdiccional, garantizando la provisión de los elementos sanitarios y de limpieza y el cumplimiento de las distancias interpersonales de seguridad estipuladas».
Medidas preventivas
Más allá de la flexibilización de las medidas, tanto en áreas financieras como en la cotidianeidad, aún se deberan cumplir una serie de medidas preventivas.
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 678/21 del Banco Central destaca las siguientes reglas de conducta: «las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia mínima de 2 metros, las personas deberán utilizar tapabocas en espacios compartidos, se deberán ventilar los ambientes en forma adecuada y constante y las personas deberán higienizarse asiduamente las manos».