“La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal”. Así arranca la carta magna que fue promulgada en 1853 y sigue siendo la principal referencia legal de nuestro país. Sin embargo, a veces hay fallos que pueden ir en contra de algunas de las bases del sistema político, como las medidas cautelares firmadas el martes por la Corte Suprema.
En ambos casos, el tribunal superior decidió suspender las elecciones provinciales amparándose en una supuesta potestad para tener la última palabra en materia de constitucionalidad y democracia.
El Numeral consultó a dos especialistas para aclarar el panorama y entender porqué cada uno de esos fallos atentó contra el sistema republicano y federal que menciona casi como un mandamiento el primer artículo de la carta magna.
El poder de la Corte
Mauro Benente es doctor en Derecho y docente de la UBA y de la Universidad de José C. Paz (UNPAZ). Entre sus investigaciones hay análisis electorales pero también otros sobre el rol de la Corte Suprema y su papel en la política.
“Me parece apropiado que los jueces y las juezas revisen si las reglas del juego electoral se están cumpliendo o no. El punto principal en este caso es ver si se hace de acuerdo a un procedimiento establecido o a partir de su propio ejercicio discrecional de poder”, destacó ante la primera consulta.
De acuerdo al abogado, la Corte emitió los fallos por tratarse “de cuestiones federales”, pero el problema es que esa consideración es “una creación del propio tribunal” y no algo establecido en la Constitución, una ley o algún otro tipo de norma.
Domingo Rondina es abogado constitucionalista y un constante divulgador del derecho electoral. Con respecto a lo ocurrido hace unos días, consideró que “cuando la Corte se inmiscuye 5 días antes y paraliza un comicio lo que está haciendo es meter a la política en la dinámica judicial”.
De acuerdo a su visión, el Tribunal podría haber estudiado mejor el tema y resolverlo con cautela. Incluso podría haber esperado a que se votase y luego anular con posterioridad. “El problema es que suspender previamente un acto electoral es una decisión muy grave que politiza a la sentencia”, destacó.
Federalismo en la práctica
A pesar de mostrarse en contra de la intención de Sergio Uñac y Juan Manzur de ir por una nueva reelección, Rondina considera que eso es algo que deberían definir los tribunales locales. “Darse sus propias autoridades es un atributo inherente a la autonomía de las provincias”, afirmó.
El abogado cree que si una constitución acepta una determinada cantidad de mandatos, la Corte Suprema nacional no puede plantear que eso es algo ilegal. Su tarea como órgano federal es interpretar las normas locales y hacerlas cumplir: “Sí la Constitución dice dos reelecciones y se cumple con eso, está bien. El problema es si esa persona busca un nuevo mandato por fuera de la norma”.
Para Benente, “la regla es que los conflictos que uno tiene con su propia provincia se dirimen allí”. Incluso comentó que a partir de fallos anteriores, los análisis de fondo de normativas provinciales “no pueden tratarse en la Corte” directamente. “Tendrían que pasar primero por la justicia local y después llegar al máximo tribunal vía recurso extraordinario”, señaló.
Los tiempos políticos
Algo que sorprendió a muchos fue que la Corte haya tardado casi un mes en tomar una decisión luego del reclamo hecho por sectores de las oposiciones locales. Según Rondina, “hubo un uso del tiempo muy extraño» por parte del tribunal.
El abogado comentó que este tipo de casos tienen dos semanas de tramitación pero en esta oportunidad fue de más del doble. “Hubo un manejo politizado y partidizado en ambos”, destacó. Para entender los tiempos procesales, la Corte le dio cinco días a cada provincia para dar una respuesta, algo que parece muy acotado con respecto a su propio y dilatado accionar.
Las reelecciones indefinidas
Un punto central de la discusión es si la alternancia y el límite a las reelecciones pueden ser considerados como los únicos reparos republicanos a tener en cuenta. Según Rondina, “la Corte ya viene diciendo que hay que mirar como sospechosas las reelecciones” y eso podría atentar contra la autonomía de las provincias.
Consultado sobre el caso de Formosa, cuya Constitución permite reelección indefinida, el abogado destacó que “si la Corte dice que no puede haber más que una” y eso se aplica a todo el país, puede ser “una situación distorsiva del federalismo”. La posibilidad de declarar fuera de regla una Constitución provincial no debería ser objeto de análisis de la Corte.
Para Benente, la discusión sobre las reelecciones es válida, pero hay un debate aún más importante. “Lo que me preocupa es que la Corte tenga la última palabra sobre cuántas elecciones tolera un régimen republicano. Me parece que hay que preguntar ¿cuál es la potestad que tiene el tribunal para dar este tipo de respuestas?”, destacó.
En medio del juicio político, y tras las críticas recibidas, muchos dudan de la legitimidad de la Corte y Benente coincidió con ese planteo: “En Argentina hay unos jueces vitalicios hablando sobre la importancia de la alternancia y la duración acotada en el ejercicio de los cargos públicos. Es cómo mínimo algo contradictorio”.