Veda electoral: ¿qué se puede hacer y qué no?

¿Qué es la veda electoral? ¿Cuándo empezó y cuándo termina? ¿Qué pasa con la venta de alcohol? ¿Qué puedo publicar en redes?

Este domingo se celebran los comicios para definir el presidente de las y los argentinos. En este contexto, muchos comienzan a preguntarse desde cuándo rige la veda electoral y qué actividades están prohibidas durante el período.

De acuerdo con el cronograma publicado por la Cámara Electoral Nacional, el cierre de la campaña y el inicio de la veda se produce 48 horas antes de las elecciones.

Además, el domingo 22 de octubre, día en que se desarrollan las elecciones, desde las 8 y hasta tres horas después del cierre de los comicios, está prohibido publicar resultados de encuestas, proyecciones o sondeos de opinión, pronósticos electorales, o referirse a sus datos, entre otras actividades.

¿Qué es la veda electoral y para que sirve?

La veda electoral, silencio electoral o jornada de reflexión es el lapso durante el cual rigen una serie de prohibiciones vinculadas a la propaganda política. Estas se aplican cuando hay elecciones, y pueden comenzar unos días u horas antes y terminar horas después.

Uno de los propósitos de estas prohibiciones sería la de permitir que en el período inmediatamente anterior a la elección sus participantes puedan reflexionar, teóricamente sin ser influidos, sobre su voto.

En España, por ejemplo, se utiliza el término «jornada de reflexión» para el día previo a una elección política, durante el cual rige la veda electoral.

Otro objetivo sería tender a evitar que durante el acto electoral ocurran posibles incidentes entre simpatizantes de diferentes partidos políticos.

¿Qué esta prohibido durante la VEDA?

  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas
  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales
  • La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado 11 hasta las 21 del domingo)
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral
  • Prohibición de portar armas
  • Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

    Alcohol

    Está prohibido vender bebidas alcohólicas desde las 20:00 del sábado hasta tres horas después del cierre de comicios, o sea las 21:00 del domingo.

    Los comercios que vendan bebidas alcohólicas, ya sean restaurantes o bares, sólo podrán estar abiertos hasta las 00:00 del sábado y no podrán levantar sus persianas el domingo.

    El Código Nacional Electoral además establece una pena de prisión de entre 15 días y seis meses a quienes sean encontrados culpables de expender bebidas alcohólicas. Contempla desde las 12 horas previas y hasta 3 horas después de finalizado el acto eleccionario.

    Redes sociales

A pesar de que desde la Cámara Nacional Electoral ya han aclarado en elecciones pasadas que las propagandas proselitistas en las redes sociales se encuentran contempladas dentro de la prohibición que establece la ley, es un ámbito muy difícil de controlar y, por ende, las publicidades de hecho continúan porque se hace a través de cuentas de usuarios individuales o falsas.

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