El Poder Ejecutivo envió al Congreso los cambios en la Ley Ómnibus a partir del plenario de comisiones que se desarrolló la semana pasada. Entre ellos, se incluye la eliminación de la jubilación de privilegio del presidente y el vice. Sin embargo, el privilegio lo mantienen los miembros de la Corte Suprema de Justicia.
El artículo 73 de la versión final de la Ley Ómnibus determina la «eliminación de las asignaciones mensuales vitalicias destinadas a presidente y vicepresidente de la Nación, establecidas por ley 24.018, para quienes culminen sus mandatos con fecha posterior a la sanción de esta ley». En su lugar, «les serán aplicables las previsiones de la Ley 24.241, del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones» (artículo 74).
Sin embargo, el artículo 75 aclara que «los Jueces de la Corte Suprema de la Nación quedan comprendidos en el régimen de asignaciones mensuales vitalicias que se establecen en el presente capítulo a partir del cese en sus funciones», tal como rige actualmente.
Modificaciones de la Ley Ómnibus
El Gobierno eliminó unos 141 artículos de la Ley Ómnibus en el proyecto final que envió al Congreso tras las negociaciones con los sectores de la oposición «dialoguista». Entre los cambios se incluye la quita de YPF de la lista de empresas a privatizar, la actualización de las jubilaciones a partir de abril, la eliminación de las retenciones a economías regionales y la eliminación de las reformas de la Ley de Pesca, entre otros.
El Gobierno aseguró hoy en un documento difundido para explicar los cambios en la Ley Ómnibus que el debate del proyecto en el plenario de comisiones fue «sano» porque sirvió para «exponer los privilegios de unos pocos» y para «modificar cosas que el tiempo había enquistado».