Para sorpresa de nadie, la Corte Suprema de Justicia rechazó por unanimidad los planteos del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, y de la “Asociación Civil Gente de Derecho” contra el mega DNU dictado por Javier Milei para desregular la economía del país. Según los jueces, en ninguna de las presentaciones había un “caso concreto”, “causa” o “controversia”, sino una objeción general y abstracta a la norma.
De esta manera, el máximo tribunal le dio una buena noticia al Poder Ejecutivo, quien espera la aprobación del decreto en la Cámara de Diputados tras el golpe que recibieron cuando el Senado lo rechazó.
📢 La Corte Suprema rechazó dos planteos contra el DNU
Según la Corte, en los planteos no había «causa» o «controversia». Mientras no lo rechacen las 2 Cámaras, el DNU sigue vigente.
🗣 Pablo Caruso
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En profundidad. La decisión de la Corte en este momento tiene mucho sentido. En los últimos días, el presidente Javier Milei avanza con su intención de nombrar nuevos jueces en el máximo tribunal: el Presidente impulsa las candidaturas de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla.
Con observaciones diferentes en los expedientes iniciados por Quintela y por el abogado Jorge Rizzo en representación de ACGD, los cuatro jueces de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti entendieron que no había un caso para tratar, ante la invocación genérica de representatividad y la objeción sin que se apuntara a un hecho concreto.
“La discusión sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las leyes y, en general, de los actos de las otras dos ramas de gobierno no es por sí misma una cuestión sobre la que deban opinar los tribunales nacionales”, sostuvieron los magistrados.
“Sólo deben hacerlo cuando es necesario examinar el tema para decidir una causa que verse sobre puntos regidos por la Constitución, los tratados y las leyes nacionales, a requerimiento de parte interesada”, agregaron.
La consecuencia directa e inmediata de la resolución es que el mega DNU mantiene su vigencia con excepción de los capítulos que fueron expresamente suspendidos por otros tribunales judiciales, como la reforma laboral, la derogación de la Ley de Tierras y de la ley del Instituto de la Yerba Mate. Sobre esos puntos, la Corte deberá eventualmente pronunciarse.
Puntualmente en el caso de la presentación de Quintela, la Corte entendió que “la provincia de La Rioja no ha puesto a consideración del Tribunal una causa, asunto o caso contencioso cuya decisión corresponda a los tribunales de la Nación de conformidad con los artículos 116º y 117º de la Constitución y 2° de la ley 27”. Quintela había pedido que la Corte Suprema declarara si el mega decreto era o no constitucional en su conjunto.
El planteo del gobernador riojano sostenía que el DNU produce perjuicios irreparables a la ciudadanía por resultar contrario a decenas de artículos de la Constitución y al artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). Pero los jueces entendieron que “el control encomendado a la Justicia sobre las actividades ejecutiva y legislativa requiere inexorablemente de la existencia de un ‘caso’ donde se debata la determinación de un derecho entre partes adversas, fundado en un interés específico, concreto y atribuible en forma determinada al litigante”, algo que, desde su perspectiva, no quedó plasmado en el planteo.
En la presentación de La Rioja agregaron que “la demanda no ha definido ningún interés propio de la provincia (como persona jurídica diferenciada de sus vecinos) que se encuentre afectado de manera actual y concreta”. Por eso, Rosatti, Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti rechazaron el pedido.
En cuando al planteo de Rizzo por la Asociación Civil Gente de Derecho, quien sostuvo que el DNU violó el principio de división de poderes, los jueces consideraron que el demandante no estaba legitimado para actuar y que no había un caso o una controversia efectiva.
Para la Corte, ni Rizzo “personalmente, ni la asociación que preside, poseen un interés concreto o sustancial en la declaración de inconstitucionalidad del DNU”.