El Gobierno comunicó la fórmula que deberán utilizar las empresas de medicina prepaga alcanzadas por la medida de reajuste de cuotas que implementó la Secretaría de Comercio. Tal como adelantó el ministro de Economía, el valor de la cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre del año pasado, independientemente de su fecha de pago o facturación.
En profundidad. Según indicó la Secretaría de Comercio, los valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 “multiplicada por uno, más la variación entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023”.
De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual, dependiendo el caso de abril o de mayo, se podrá aplicar un ajuste de hasta 93,3% para la cuota de abril, es decir, la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero. Mientras que para la cuota de mayo se podrá aplicar como máximo un ajuste del 114,6%, es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo.
Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146. En el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura.
Este mecanismo de ajuste estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre, y es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán y Hospital Británico.
En caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se podrán comunicar al 0800-666-1518, que es la línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor, o a consultas@consumidor.gob.ar. Para formular denuncias, en tanto, se deberá ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor.
Si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga el Gobierno de la Nación aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Defensa de la Competencia.