Es Tuyo, del Barrio, de Todes

«Lo ideal es que no se convierta en un estigma social y abandono por parte del Estado»

El sistema penitenciario, la crisis sanitaria y la desinformación, tres puntos que atravesaron los últimos tiempos de pandemia. ¿Por qué se instaló la liberación de presos como una política del gobierno?

¿Están liberando presos? ¿Nos están exponiendo a nuevos riesgos? ¿Liberaron 1700 para perseguir opositores? Son algunas de las premisas que circularon en el país. A ello se sumaron cacerolazos, manifestaciones en contra de la medida y un sinfín de fake news informando sobre la decisión del gobierno para hostigar a opositores. Sin olvidarnos del audio de Beccar Varela que circuló recientemente por las redes sociales.

El Numeral se comunicó con Bárbara López (Derecho, UBA) para conocer la situación del sistema penitenciario, las decisiones del poder judicial y la incidencia del poder ejecutivo.

¿Cuál es la situación de las cárceles en Argentina?

El sistema carcelario argentino se encuentra atravesando un problema de superpoblación que atenta con contra la vida y la salud de los presos. No es una novedad de hoy, al contrario, es el resultado de años y años de abandono al sistema penitenciario. En el medio de estas pésimas condiciones, deben seguir cumpliendo condena para una posible reinserción social que cada vez es más difícil de cumplir. Es decir, además de esta situación, el contexto de una emergencia sanitaria la agrava. Claramente el colapso del sistema es inminente. 

¿Cómo se pensó el sistema de liberación y prisión domiciliaria en este contexto de excepción?

Desde el principio es necesario entender que no es un regalo que se aprovecha en este contexto social para obtenerlo. La prisión domiciliaria es una garantía reglamentada para que cada sujeto privado de su libertad tenga la facultad de solicitarla mediante su defensor asignado. Es un camino de supuestos y requisitos que deben ser cumplidos para que ésta se de.

La prisión domiciliaria se piensa dentro de este contexto como la posibilidad justamente de descomprimir las cárceles, no otorga libertades. La condena se cumple dentro de la órbita de un arresto domiciliario, es decir, continúan presos, continúan bajo un control estatal y penitenciario.

El criterio utilizado es en base a resguardar al llamado «grupo de riesgo». En el marco penitenciario eso abarca a mujeres embarazadas, mujeres que conviven con sus hijos dentro de las mismas cárceles, mayores de 65 años y aquellas personas que tengan antecedentes o problemáticas de índole pulmonar. Por otro lado, aquellos presos con delitos leves, que para analizarlos deben ser evaluados los siguientes puntos: en primer lugar tenemos en análisis de la escala penal; en segundo el bien jurídico tutelado, por ejemplo: la vida y la integridad sexual; En tercero, se considera la modalidad y ejecución de los medios arbitrados en el delito. Por último, no menos importante, se analiza aquellos delitos que tengan relación con lo hoy conocidos como delitos de género.

Es importante a veces poder comprender todo en análisis que se hace a la hora de otorgar o no una prisión domiciliaria.

Aquellos delitos que no sean considerados como leves van a ser considerados por su juez natural y caso concreto. Es decir, quizás el delito integre el grupo de «delitos graves’’ y el preso integre el grupo de riesgo. En ese caso concreto el juez deberá evaluar dentro de su formación y fundamento en derecho si es posible otorgarle o no esta prisión domiciliaria. Puede suceder que no y no por eso se produciría un abandono a la persona dentro del sistema, o a eso no debemos llegar. Justamente, poder descomprimir las cárceles en esta situación es para poder darle atención a todos. Lo ideal es que no se convierta en un estigma social y abandono por parte del Estado para aquellos cuyos delitos se encuentren exceptuados de esta garantía. 

¿Qué sugirió la Cámara de Casación?

La Cámara de Casación hizo foco en identificar al grupo de riesgo, asumir que dentro del marco de la superpoblación carcelaria no se puede dar el distanciamiento social, ni la higiene correcta. Tampoco se puede abastecer al grupo médico para asistir y, por supuesto, consideró también la deficiencia alimentaria. 

Es necesario poner en acción esta garantía. La recomendación es clara e incluso reiterativa. Se necesita descomprimir al sistema penitenciario que se encuentra colapsado y en situaciones penosas. Considera, además, todos los supuestos, lo que incluye el cuidado de quienes fueron víctimas. 

¿Por qué crees que en los últimos días se construyó discursivamente que el Estado estaba liberando miles presos?

Existe una mal información por parte de los medios y por parte del ciudadano. Uno no puede esperar que sean expertos en derecho. Es necesario que se informe lo correcto, los juicios de valor y moral son para tratar en otro momento. La realidad es esta. Somos un país en democracia, un estado federal con un sistema de división de poderes a los cuales estamos sujetos. Son años de arrastre, son diferentes tintes políticos y diversas ideologías que hacen a una formación.

 Tenemos que cambiar muchas cosas. Hay un Código Penal que pide a gritos una reforma, por ejemplo.Y creo que vamos por ese camino. No podemos pretender un cambio ya en el medio de una pandemia.

¿Qué tipo de incidencia tiene el poder ejecutivo sobre las decisiones de los jueces?

A mi consideración: ninguna. Los jueces van a aplicar «prisión domiciliaria’» dentro de su órbita, bajo su consideración. Vuelve a centralizarse en un fundamento jurídico. El ciudadano espera eso que ellos operen bajo esas líneas, pudiendo dejar su criterio ideológico, su tinte político de lado. No obstante, de que puedan equivocarse y hasta obscenamente diría yo, pero la realidad concreta que su actuar y desarrollo en meramente sujeta a derecho, y así debería de ser.

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