Es Tuyo, del Barrio, de Todes

Para el juez Rabbione, el triple lesbicidio de Barracas no fue un crimen de odio

El vecino de las víctimas y único imputado en la causa, Justo Barrientos fue procesado por "homicidio doblemente agravado por alevosía y el uso de un medio idóneo para causar daño" y podría ser condenado a prisión perpetua. Sin embargo, el juez no tomó en cuenta la motivación del ataque ni la perspectiva de género.

A dos días de que se cumpla un mes del ataque y en el marco de la causa que investiga el triple lesbicidio de Barracas que se llevó la vida de Pamela Cobbas, Mercedes Roxana Figueroa y Andrea Amarante, la Justicia procesó al agresor por el delito de homicidio doblemente agravado, que tiene una pena en expectativa de prisión perpetua, pero no tuvo en cuenta las motivaciones y descartó que se tratara de un crimen de odio.

El juez Edmundo Rabbione, titular del Juzgado Criminal y Correccional N°14, procesó a Justo Fernando Barrientos por “homicidio doblemente agravado por alevosía y el uso de un medio idóneo para causar daño”. Sin embargo, y aunque esté a la vista de todos, no incluyó el agravante por “odio de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.

El procesamiento describe cómo fue el ataque, hace el análisis de la escena y hasta el medio utilizado para generar el incendio, pero en ningún momento apunta a la motivación del hecho como si el agravante fuera inexistente.

En noviembre de 2012 se sancionó la Ley 26.743, de Identidad de Género, y la Ley 26.791, que introdujo la figura del “femicidio”. Esta norma, además del femicidio, amplió el catálogo de crímenes de odio para tutelar a grupos especialmente victimizados por cuestiones de género y orientación sexual, por lo que, a pesar de que el término “lesbicidio” no sea parte de la normativa, está expresamente asentado el agravamiento por odio y por orientación sexual. El juzgado pudo haberlo considerado en el procesamiento y no lo hizo.

Es más, la Federación Argentina LGBT+ presentó el Informe de Crímenes de Odio al juzgado y solicitó se tenga en cuenta esa perspectiva. Finalmente, a pesar de la información con la que contaban, decidieron no tenerlo en cuenta.

 

Hotel de Barracas. Foto Ariel Gutraich, Presentes.

 

Si bien la alevosía es un agravante que tiene como pena la presión perpetua, la Asamblea de Lesbianes Autoconvocades por Barracas dará batalla para que la causa se caratule como corresponde, con el agravante por mujeres y por lesbianas, quienes ya habían sido amenazadas y hostigadas por su orientación sexual. Según la justicia, Justo Barrientos mató por matar. Para el colectivo, este es otro acto más de invisibilización y censura.

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