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El Gobierno reglamentó el silencio positivo, qué es

Milei reglamentó la entrega patrimonial por omisión, una ventaja legal para el loteo de terrenos y su adquisición por parte de privados.

El Gobierno de Javier Milei reglamentó este lunes el artículo de “silencio positivo” que deberán implementar desde el 1 de noviembre, tanto en la administración central como en los organismos descentralizados, en el marco de procedimientos que requieren una autorización administrativa. Se trata del artículo 31, que modifica el artículo 10 de la Ley 19.549 y habilitar “negocios inmobiliarios” de privados con bienes estatales. Este apartado habilita a que en caso de una falta de respuesta del Estado, lo que se denomina “silencio positivo”, un privado pueda quedarse con tierras estatales. Y en muy poco tiempo. 


En profundidad. “A partir del 1º de noviembre de 2024 las reparticiones de la Administración Pública Central, incluidos los organismos desconcentrados, deberán implementar el silencio con sentido positivo en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o de la que la repartición correspondiente utilice a tales efectos”, se lee en la norma.

Además, la medida habilita un montón de negocios inmobiliarios que podrían discutirse. En la Ley de Administración Pública que, con reformas, data de 1972, establecía en su artículo 10 la interpretación legal en el caso del “silencio” administrativo o su ambigüedad “frente a pretensiones que requieran de ella un pronunciamiento concreto, se interpretarán como negativa”.

“Sólo mediando disposición expresa podrá acordarse al silencio sentido positivo. Si las normas especiales no previeren un plazo determinado para el pronunciamiento, éste no podrá exceder de 60 días. Vencido el plazo que corresponda, el interesado requerirá pronto despacho y si transcurrieren otros 30 días sin producirse dicha resolución, se considerará que hay silencio de la Administración”, señala el texto original. El artículo 31 de la Ley Bases que lo reemplaza invierte este razonamiento, lo que favorece a quienes tienen mayores recursos y pueden avasallar otras instancias.

El silencio administrativo, en pocas palabras, no es más que un “el que calla, otorga” para aprobar procedimientos en absoluto silencio y a espaldas del pueblo argentino. En el marco de procedimientos administrativos que requieren una autorización gubernamental, si “no hay respuesta” en 60 días se considerará aprobada la solicitud.

Una de las primeras en advertir sobre este artículo escondido entre los miles que conformaron la Ley Bases de La Libertad Avanza, fue la senadora Juliana Di Tullio, de Unión por la Patria. Meses atrás, en un plenario de comisiones en el Congreso de la Nación, le consultó al abogado Carlos Nielsen Enemark, quien fue a disertar sobre la reforma de la Ley de Procedimiento Administrativo, por este artículo que habilita a privados a quedarse con tierras estatales si piden permiso para realizar en ellas un emprendimiento y no obtienen respuesta por 60 días.

“Por ejemplo, pido permiso para hacer un emprendimiento privado en tierras del (tren) Sarmiento que tiene el dominio de la titularidad la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AAB). No me contestan en 60 días, ¿por lo tanto la respuesta es positiva, según este artículo?”, consultó Di Tullio.

“Si, en los términos del artículo sí”, respondió Nielsen Enemark.

“Según este artículo, pido, no me contestan en 60 días y es mía (la tierra). Porque el silencio es el sentido positivo: si a mi no me contestó en 60 días, pelito pa la vieja: esa tierra es mía. A mi me suena a un montón de negocios inmobiliarios”, planteó la senadora.

“Pongale que yo me quedo con la tierra que tiene AABE, que no me contestó en 60 días, entonces el sentido es positivo y ahí yo exijo la inscripción  registral, la emisión de certificado y la autorización correspondiente en sede administrativa ¿Es correcto lo que estoy diciendo?”, consultó una vez más, a lo que Enemark le respondió que estaba en lo cierto.

La senadora, además, aprovechó sus redes sociales para recordar que el “silencio administrativo” ya fracasó en varios países, incluso en Argentina. “En 2017 (Mauricio) Macri intentó implementarlo por medio del Decreto 891/2017 (art. 10). Sin embargo el mismo día dio marcha atrás y se ratificó el carácter negativo del silencio con el Decreto 894/2017 (art. 91)”, escribió.

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