Las normas más graves de la Ley Ómnibus de Javier Milei

En el texto de más de 660 artículos, algunos contemplados en el DNU que firmó la semana pasada, se fija que el plazo para la emergencia podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo Nacional por dos años.

El presidente Javier Milei envió a la Cámara de Diputados el proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, en la que pide al Congreso de la Nación declarar la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

Entre los 664 artículos, que se pueden leer en 163 páginas, propone una serie de iniciativas contempladas en el DNU que firmó la semana pasada, fija que el plazo para la emergencia podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo nacional por el plazo máximo de dos años.

Además, a lo largo del proyecto, establece reformas impositivas, suspende la aplicación de la fórmula para actualizar los haberes, y habilita sanciones a la protesta, entre tantas otras medidas.

Las 22 medidas más graves que propone Javier Milei

  • De Presidente a Monarca. Declara la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto le atribuye a Javier Milei facultades del Congreso hasta el final de su mandato. “Dicho plazo podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo nacional por el plazo máximo de dos años”, aclara.
  • Jubilaciones a discreción: El proyecto propone la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria. El Poder Ejecutivo decidirá una nueva modalidad para el cálculo de los reajustes periódicos y automáticos, con prioridad “para los beneficiarios de más bajos ingresos”.
  • Estado de sitio. El proyecto de ley que Milei envió al Congreso castiga con hasta tres años y medio de cárcel a quien “impidiere, estorbare o entorpeciere” el tránsito. Además, se debe informar de “toda reunión o manifestación de tres personas o más” al ministerio de Seguridad.
  • Xenofobia y educación. Las universidades estatales quedarían habilitadas para arancelar los estudios a los extranjeros. “Se impulsan cambios en el sistema educativo, con un examen integrador al finalizar la educación secundaria, y la posibilidad que los padres puedan tener conocimiento de las notas de sus hijos, y de cómo estas y las de su colegio comparan con las del resto del país. Se permite que los profesionales no docentes puedan participar del proceso educativo y se prohíbe el ingreso de personas sin secundario completo en la educación superior. Finalmente, respetando fielmente el principio de gratuidad de la educación universitaria para argentinos y extranjeros residentes, se autoriza a que las universidades que lo deseen puedan arancelar la educación de extranjeros no residentes”, se lee. 
  • Saqueo al patrimonio nacional. Más de 40 empresas estatales quedarían “sujetas a privatización”. Entre ellas, están Aerolíneas Argentinas, el Banco Nación, AySA e YPF.
  • Importaciones liberadas contra la industria nacional. Se eliminará la franquicia de 500 dólares para objetos traídos del exterior.
  • Espectáculos peligrosos. El proyecto de ley de Milei permite la reventa de entradas para espectáculos deportivos. “Las entradas deportivas pueden ser revendidas sin límite de las veces que pueda realizarse dicha operación. El encargado de ventas de entradas no podrá imponer restricciones a dicha reventa. En los casos de entradas nominativas el encargado de ventas de entradas deberá permitir la reventa a través de un mecanismo electrónico. Para las ventas a través de dicho sistema las entidades deportivas podrán cobrar una comisión que no supere el 5% del precio acordado, pero no podrá limitar sus precios”, establece.
  • Menos representación política de mujeres y provincias “chicas”. En términos electorales, busca eliminar las PASO y cambiar la composición de la Cámara de Diputados. Propone remplazar el sistema de representación proporcional por uno de circunscripción uninominal. “La eliminación de las PASO le devuelve la autonomía a los partidos políticos para que decidan sus candidatos a cargos nacionales de la manera que consideren más apropiada”, establece.
  • Fortalecimiento de la aristocracia judicial. Los jueces deberán “vestir toga negra y usar un martillo para abrir y cerrar las sesiones”.
  • Gatillo fácil. La norma propuesta indica que “quien comete un delito, aun en grado de tentativa, así como sus parientes, en caso de fallecimiento, carecen de acción para querellar o demandar a quien hubiera repelido la acción o impedido la huida, aunque no concurrieren”.
  • Desabastecimiento energético. Se promueve el libre comercio internacional de energía y combustibles. El Poder Ejecutivo establecerá el régimen de importación de los hidrocarburos y sus derivados.
  • Beneficios a la “cuna de oro”. Se facilita el mecanismo de la herencia. “Las transferencias que se realicen con la finalidad de regularizar la titularidad de estos inmuebles no generarán hechos imponibles adicionales ni para el tercero que transfiere la propiedad del bien ni para el sujeto que la recibe”, se lee.
  • Beneficios fiscales extraordinarios para grandes inversores. Se creó el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones, por el cual se “otorgará a los titulares y/u operadores de grandes inversiones en proyectos nuevos o ampliaciones de existentes que adhieran a dicho régimen, los incentivos, la certidumbre, la seguridad jurídica y la protección eficientes de los derechos adquiridos a su amparo”.
  • Desfinanciación de las obras sociales. Deja de ser obligatorio pagarle las obras sociales del sindicato.
  • Aborto legal en riesgo. “Sustitúyese el artículo 1° de la Ley N° 27.611 de Mil Días, por el siguiente: “ARTÍCULO 1°.- Objeto: La presente ley tiene por objeto fortalecer el cuidado integral de la salud de las madres en situación de vulnerabilidad y de los niños desde el momento de su concepción hasta los tres años; con el fin de reducir la morbimortalidad materno e infantil, la malnutrición y desnutrición, la protección y estimulación de los vínculos tempranos, y el desarrollo físico y emocional”, se establece en el proyecto.
  • Se elimina el INADI. El INADI es el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo de Argentina. Se propone derogar la ley N° 24.515, que creó el INADI.
  • Vía libre a la deuda. El Ejecutivo se atribuye facultades de emitir deuda sin consulta de Congreso de la Nación. Algo que había sido refrendado en el el tratamiento del último canje de deuda.
  • Liquidar el FGS. “Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a proceder a la enajenación de las participaciones accionarias o de capital del Estado Nacional y/o sus entidades en toda empresa privada, que no le otorguen la mayoría de capital social necesario para ejercer el control de tales entidades, para lo cual se aplicarán en lo pertinente los procedimientos previstos en el Capítulo II de la Ley N° 23.696”, establece.
  • Cambio en la Ley Micaela. Las capacitaciones de género solo se dictaran “en los organismos competentes”. Según el proyecto, ya no será necesaria la ley en “todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación”.
  • Despidos. Crea un fondo para reconversión de trabajadores estatales de áreas que serán suprimidas. Al cabo de un año, si no se reconvierten, serán despedidos.
  • Salud Mental. Propone la modificación de la Ley 26.657 de “Derecho a la Protección de la Salud Mental” habilitando a los jueces a facilitar la internación de personas con alguna afección de este tipo, y elimina la prohibición de crear nuevos “manicomios” así como la participación de organismos especializados y asociaciones civiles en el órgano de revisión.
  • Libre acceso a Fuerzas Armadas extranjeras. Javier Milei puede autorizar el ingreso al país de tropas extranjeras sin pasar por el Congreso de la Nación.
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