El Gobierno promulgó la eliminación de la cuarta categoría de Ganancias
Con la publicación del decreto en el Boletín Oficial, el piso del mínimo no imponible sube a casi dos millones de pesos, lo que equivale a quince salarios mínimos.
El Gobierno Nacional promulgó la Ley 27.725 sancionada por el Congreso el 28 de septiembre que modifica el Impuesto a las Ganancias, elevando el piso del Mínimo No Imponible a casi dos millones de pesos, lo que equivale a 15 salarios mínimos. Mediante el decreto 508/2023 publicado este viernes en el Boletín Oficial, se oficializó que la medida regirá a partir de 2024.
La nueva legislación crea el “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”. De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos.
En el caso de los mayores haberes a 15 SMVM, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%. Además, a partir de 12 SMVN mensuales, se deberá pagar un 27% sobre el excedente.
Quienes cobren más de 12 y menos de 36 salarios mínimos, pagarán el equivalente a 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente. Entre más de 36 y 60 salarios mínimos, pagarán 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente; y entre más de 60 y 84 salarios mínimos, pagarán 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente.
Por último, para más de 84 salarios mínimos, se pagará 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente.
VIENE UN TIEMPO NUEVO Y GRANDE PARA LA PATRIA
Desde hace más de 10 años vengo planteando como principio la mejora en la puja distributiva de Argentina. Hoy con la Ley 27.725 se termina el Impuesto a las Ganancias en el salario de las y los trabajadores argentinos. pic.twitter.com/v2ybcZS3H9
— Sergio Massa (@SergioMassa) September 29, 2023
Se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del salario mínimo vigente al 1 de enero y que la actualización será el 1 de julio de cada año fiscal. Además, las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.
En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados comprendidos en el impuesto que vivan en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones, en Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.
Con información de Télam
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