Es Tuyo, del Barrio, de Todes

La devolución del IVA obtuvo media sanción

Con 134 votos a favor, la medida que establece la devolución del IVA de los productos de la canasta básica pasó al Senado.

La Cámara de Diputados aprobó y envió al Senado el proyecto de ley que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica a sectores de menores ingresos en las compras realizadas con tarjetas. La medida del Frente de Todos fue acompañada por la izquierda, los bloques provinciales y libertarios. Juntos por el Cambio se abstuvo.

La iniciativa sumó 134 votos a favor y ninguno en contra. Quienes se opusieron, los hicieron a través de la abstención. Según afirmaron, se trataba de una política «inflacionaria».

De aprobarse, la iniciativa comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2024.

Detalles de la norma que establece la devolución del IVA

En el artículo 1 se establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados; los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.

Además, afectará a trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública. El único requisito es que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). También apunta a los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.

En el artículo 4 del proyecto se establece que «el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes».

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