Es Tuyo, del Barrio, de Todes

Nuevos manicomios y judicialización de las internaciones

En el paquete de leyes de Javier Milei se planteó la modificación de puntos centrales de la ley de Salud Mental que rige en Argentina desde hace más de 10 años. Profesionales advierten sobre la judicialización y estigmatización de la salud mental.

El presidente envió a la Cámara de Diputados el proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, en la que pide al Congreso de la Nación declarar emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025. Entre las modificaciones que plantea este proyecto se encuentran cambios relevantes en la Ley de Salud Mental N°26.657, aprobada en 2010 y reglamentada en 2013.

Volver a patologizar y judicializar la salud mental como también internar en un manicomio a los pacientes solo con autorización de un juez, son algunos de los puntos.

El proyecto

El proyecto propone habilitar a los jueces a facilitar la internación de personas con alguna afección de salud mental; eliminar la prohibición de crear nuevos “manicomios” así como la participación de organismos especializados y asociaciones civiles en el órgano de revisión. También plantea la anulación de la evaluación interdisciplinaria para las internaciones voluntarias dándole la potestad a órganos judiciales que “podrán adoptar medidas de atención urgentes” y posteriormente “realizar la correspondiente evaluación interdisciplinaria».

En este marco, profesionales de la salud mental alertaron en sus redes sobre este proyecto de ley que significa un gran retroceso en materia de salud mental en la Argentina que ha alcanzado, a través de la creación de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657, llegar a lo más altos estándares en el mundo.

 

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Los profesionales coincidieron en que estas modificaciones apuntan fundamentalmente a intereses muy particulares estrictamente comerciales y económicos” ya que entienden que “la salud mental también puede ser un gran negocio y muchos de estos artículos apuntan a esos intereses y no a la visión integrada de un cuidado de la salud de una comunidad que siempre ha sido vulnerable y vulnerada por el resto de los sistemas.

Qué pasa con las internaciones involuntarias

El nuevo documento del Gobierno Nacional se modifica el texto vigente de la Ley de Salud Mental que establece en su artículo 20 que la internación involuntaria de una persona “debe concebirse como recurso terapéutico excepcional en caso de que no sean posibles los abordajes ambulatorios, y sólo podrá realizarse cuando a criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros”.

Ahora habilita las internaciones involuntarias (del paciente) “cuando no logre adherencia a los abordajes ambulatorios y presente una falta de conciencia de enfermedad que afecte su capacidad de discernimiento y que implique una grave vulneración a su salud integral”

Mientras que para el caso de la internación involuntaria de los menores de edad, el proyecto propone que se habiliten “cuando, a pedido de ambos padres o de quien/es ejerzan la responsabilidad parental, tutor o a requerimiento del juez previa solicitud del órgano administrativo competente, se trate de un menor de edad que padece adicción a sustancias psicoactivas que comprometa gravemente su salud integral o desarrollo psicofísico”.

Con esta última modificación se habilita la posibilidad de que la internación involuntaria la defina la justicia; por padres o tutores en el caso de menores de edad como si estos tuvieran el criterio clínico necesario como para definir la internación en el caso de consumo problemático o de otra condición psíquica.

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