AFIP adelantó los vencimientos de febrero
El organismo informó este martes que "se adecuaron las fechas de vencimiento para el cumplimiento de la determinación e ingreso de ciertas obligaciones impositivas". Conoce cuáles son
AFIP difundió este martes el adelantamiento de las fechas de vencimiento para el cumplimiento «de la determinación e ingreso de ciertas obligaciones impositivas».
Las fechas originales, que sufrieron cambios, eran el 27 y 28 de febrero. Con esta medida, las nuevas fechas de vencimiento se adelantan a los días 23 y 24 de febrero de 2023, según la terminación de la CUIT.
❗❗En carácter excepcional, se adecuaron las fechas de vencimiento para el cumplimiento de la determinación e ingreso de ciertas obligaciones impositivas.
🗓️ Te dejamos las nuevas fechas:
23 y 24 de febrero, según la terminación del CUIT. pic.twitter.com/nz4Z9X5XoC— AFIPComunica (@AFIPcomunica) February 7, 2023
Cuáles se adelantan
Impuesto al valor agregado: Presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante correspondientes al período fiscal enero de 2023. De igual manera, se adelanta también el vencimiento de Libro de IVA Digital.
Terminación de CUIT | Vencimiento |
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6 y 7 | 23 de febrero de 2023 |
8 y 9 | 24 de febrero de 2023 |
Micro y pequeñas empresas: Ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada del período fiscal noviembre de 2022 y presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal enero de 2023.
Terminación de CUIT | Vencimiento |
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6 y 7 | 23 de febrero de 2023 |
8 y 9 | 24 de febrero de 2023 |
Actividad agropecuaria: Presentación de la declaración jurada del período fiscal enero de 2023 e ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre en enero de 2023.
Terminación de CUIT | Vencimiento |
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6 y 7 | 23 de febrero de 2023 |
8 y 9 | 24 de febrero de 2023 |
Asimismo, AFIP estableció, con carácter de excepción, el día 24 de febrero de 2023 como fecha de vencimiento para la determinación y/o ingreso de las obligaciones tributarias con vencimiento original fijado para el día 27 de febrero del corriente año. Se trata del impuesto PAIS, sobre créditos y débitos en cuentas bancarias y entradas de espectáculos cinematográficos.
- Impuesto PAIS: ingreso de las percepciones practicadas entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.
- Sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias: ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado, del período comprendido entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.
- Impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos: ingreso del gravamen correspondiente a las localidades o boletos entregados entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.
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