El acoso callejero se define, según la nueva ley, como “violencia contra las mujeres en el espacio público”. Se sancionará la violencia ejercida por una o mas personas en lugares públicos o de acceso público «a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia, o generen un ambiente hostil u ofensivo.”
Se modificará el artículo 6 que define las manifestaciones de violencia de género. Las modalidades, hasta el momento eran seis: violencia doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática.
Según datos de la Ciudad de Buenos Aires, las denuncias por acoso callejero aumentaron un 50% en 2018. Y por exhibicionismo, un 40%. Para ello, la ley implementa una línea telefónica gratuita para asesorar y acompañar a las víctimas.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley 5742 sancionada en 2017 considera penas de dos a diez días de trabajo de utilidad pública o multas de entre doscientos y mil pesos. Sin tipificar al acoso callejero como violencia de género con penas significativas.
Por otra parte, obtuvo media sanción y giró a la Cámara de Diputados un proyecto que incorpora la figura de «violencia política» a la Ley de Protección integral.
Nancy González sostuvo: «Las mujeres que estamos en política tenemos que soportar que nuestras hijas sean perseguidas. Este proyecto fue redactado para todas las mujeres que estamos en política.»