Insólito: Un fallo judicial ordenó el suministro de dióxido de cloro a un paciente

La familia de un paciente en grave estado por COVID-19 presentó una medida cautelar en el sanatorio Otamendi. El fallo indica que el personal médico debe suministrar al hombre una sustancia peligrosa, no está autorizada por el ANMAT.

El juez federal Javier Pico Terrero del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 7 ordenó al Sanatorio Otamendi a suministrarle dióxido de cloro (CDS) intravenoso a un paciente con coronavirus, internado en grave estado. El fallo judicial del magistrado respondió una medida cautelar presentada por el hijastro del paciente.

La decisión de la Justicia Federal causó conmoción ya que la reconocida sustancia es altamente peligrosa para la salud. Además, está comprobado que el CDS no tiene eficacia demostrada en el tratamiento del covid-19.

El paciente Oscar Jorge García Rúa se encuentra en estado de gravedad en el Sanatorio Otamendi. El neurocirujano personal, Dante Convert, indicó un tratamiento con nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y dióxido de cloro. A partir de ello, el hijastro del hombre presentó una medida judicial con una «resolución urgente».

La Justicia ordenó al Otamendi «garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante». De hecho, el magistrado consideró que los tratamientos indicados «no ocasionarían un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora”.

 

A diferencia de otros fallos donde las instituciones se niegan a realizar algún tratamiento por sus costos, esta situación es totalmente insólita. El Ministerio de Salud y el  Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) no aprueban su consumo y advierten sobre su peligrosidad. Y la decisión de la Justicia en esta ocasión lo que hace es anteponer un supuesto sobre hechos.

En diálogo con Infobae, Ignacio Maglio (abogado de Fundación huésped y del Hospital Muñiz) señaló: “Este caso nos parece una aberración jurídica y un escándalo. Es una desmesura, una extralimitación de las facultades jurisdiccionales donde, con un certificado médico, se indicó esa medida cautelar con todo el riesgo y el daño que significa. No solamente para el caso en particular, sino el efecto simbólico que esta situación alimenta”.

Dióxido de cloro, la vieja y confiable de la desinformación

La sustancia que advirtió la peligrosidad de los medios y la desinformación, otra vez se encuentra en el ojo de la tormenta. Recordemos que a principio de agosto, cuando ya se advertía la toxicidad del CDS, Viviana Canosa lo tomó en vivo. Días después, un niño de 5 años murió tras ingerirlo.

El especialista Omar Leonardo Tabacco, presidente de la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) advirtió que «el dióxido de cloro de ninguna manera es un producto diseñado para ingerir por un ser humano». Asimismo, señaló que «no hay ninguna entidad científica en el mundo ni ente regulatorio que admita la utilización del dióxido de cloro para tratar nada».

“En base al informe de este año del Organización Panamericana de la Salud (OPS), resulta necesario destacar que la ingesta de dióxido de cloro y el clorito de sodio reaccionan rápidamente en los tejidos humanos y si se ingieren, pueden causar irritación en el esófago y estómago, dolor abdominal, náuseas, vómitos, diarrea e intoxicaciones severas, entre otras complicaciones que pueden incluir graves trastornos hematológicos, cardiovasculares y renales”, informó la ANMAT el pasado agosto.

 

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