Mediante la resolución 1754/2022 publicada en el Boletín Oficial, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) estableció que las empresas prestadoras de servicios puedan aplicar un aumento escalonado en telefonía, internet y televisión.
El incremento de 29,6% se estableció en dos tramos. El incremento del 19,8% se aplica desde el 1° de octubre, mientras que el segundo aumento (9,8%) se reflejará desde el 1° de diciembre.
Previamente los servicios ya habían registrado dos aumentos de 9,5%. Fueron aplicados desde el 1° de mayo y el 1° de julio, respectivamente.
De superarse los topes establecidos por Enacom, las Licenciatarias de Servicios deberán reintegrarlo en la próxima factura a emitir. Además deben contemplar actualización y los intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago.
En esa línea, si el usuario no abona la factura que cuente con un incremento superior al autorizado, las prestadoras no podrán suspender el servicio ni computar mora sobre esas facturas.
Asimismo, antes de aplicarse las modificaciones en los servicios de internet, telefonía y TV, las empresas deben comunicar planes, precios y condiciones comerciales al ente.
Modalidad prepaga
Para la modalidad prepaga, se establecieron a partir del 1° de octubre valores máximos para la recarga de 50 megabits (MB) de datos móviles por día de $ 36; segundo de voz $ 0,55 y mensajes de texto (SMS) $ 7,20.
A partir del 1 de diciembre la recarga de 50 MB podrá cobrarse $ 39,50; el segundo de voz $ 0,60 y SMS $ 7,90.
Los topes de aumentos aplican mayormente para pymes, cooperativas y empresas menores, ya que las grandes firmas como Telecom, Claro, Telefónica y DirecTV recurrieron a amparos y medidas cautelares para incrementar por encima de estos límites.