AFIP adelantó los vencimientos de febrero

El organismo informó este martes que "se adecuaron las fechas de vencimiento para el cumplimiento de la determinación e ingreso de ciertas obligaciones impositivas". Conoce cuáles son

AFIP difundió este martes el adelantamiento de las fechas de vencimiento para el cumplimiento «de la determinación e ingreso de ciertas obligaciones impositivas».

Las fechas originales, que sufrieron cambios, eran el 27 y 28 de febrero. Con esta medida, las nuevas fechas de vencimiento se adelantan a los días 23 y 24 de febrero de 2023, según la terminación de la CUIT.

Cuáles se adelantan

Impuesto al valor agregado: Presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante correspondientes al período fiscal enero de 2023. De igual manera, se adelanta también el vencimiento de Libro de IVA Digital.

Terminación de CUIT Vencimiento
6 y 7 23 de febrero de 2023
8 y 9 24 de febrero de 2023

Micro y pequeñas empresas: Ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada del período fiscal noviembre de 2022 y presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal enero de 2023.

Terminación de CUIT Vencimiento
6 y 7 23 de febrero de 2023
8 y 9 24 de febrero de 2023

Actividad agropecuaria: Presentación de la declaración jurada del período fiscal enero de 2023 e ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre en enero de 2023.

Terminación de CUIT Vencimiento
6 y 7 23 de febrero de 2023
8 y 9 24 de febrero de 2023

Asimismo, AFIP estableció, con carácter de excepción, el día 24 de febrero de 2023 como fecha de vencimiento para la determinación y/o ingreso de las obligaciones tributarias con vencimiento original fijado para el día 27 de febrero del corriente año. Se trata del impuesto PAIS, sobre créditos y débitos en cuentas bancarias y entradas de espectáculos cinematográficos.

  • Impuesto PAIS: ingreso de las percepciones practicadas entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.
  • Sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias: ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado, del período comprendido entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.
  • Impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos: ingreso del gravamen correspondiente a las localidades o boletos entregados entre los días 16 y 22 de febrero de 2023, ambas fechas inclusive.
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