El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense, a través de la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios, imputó a Viviendas Roca, Viviendas La Solución y Viviendas Rolón. Las tres empresas se dedican a la comercialización de viviendas pre-fabricadas. Por presuntas infracciones a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor, pueden recibir multas superiores a los 400 millones de pesos.
La cartera productiva provincial realizó un relevamiento de oficio tendiente a analizar los contratos celebrados entre proveedores de viviendas prefabricadas y las y los consumidores bonaerenses. Allí se verificó que las empresas tengan publicados en sus páginas web los ejemplares de los contratos.
Las medidas se llevaron adelante a partir de haber tomado conocimiento de la problemática existente en torno a las prácticas abusivas en el rubro.
Las empresas ya fueron notificadas. Tienen 5 días hábiles para presentar su descargo.
Viviendas Rolón y Viviendas Roca
El resultado de la investigación determinó que las empresas “Viviendas La Solución”, “Viviendas Rolón” y “Viviendas Roca” no tienen publicado los ejemplares de los contratos en las páginas web donde ofrecen y comercializan sus productos. De esta manera, se infringe el derecho constitucional de acceso a la información de las y los consumidores.
Por ese motivo, se les ordenó que cumplan con la publicación y exhibición de los referidos contratos, a fin de garantizar que las y los ciudadanos cuenten con dicha información al momento de contratar. De esta manera lo establece el art. 38 de la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor y Resolución N° 271/2020 de la ex SCI de la Nación.
Además, en los casos de Viviendas Roca y Viviendas Rolón se ordenó que presenten ante las autoridades provinciales los contratos a fin de efectuar el análisis correspondiente.
Viviendas La Solución
Por otra parte, Viviendas La Solución sufrió una imputación por incluir siete cláusulas presuntamente abusivas y contrarias a los derechos los consumidores. Entre ellas, se encontraron cláusulas con redacciones confusas, como la que expresa que “las señas entregadas no se devuelven bajo ningún concepto”. Se advierte una contradicción con la normativa vigente, puesto que en caso de incumplimiento por parte de los proveedores, ellos deben reintegrar las sumas que se abonaron previamente.
Esa cláusula se analizó en conjunto con otra práctica abusiva. La misma indica que la seña constituya un alto porcentaje del valor total de la vivienda (más de un 40%). En este punto la empresa advierte que se reserva el análisis de las garantías exigidas para el otorgamiento del préstamo en un momento posterior a la entrega de la seña. Esto desnaturaliza los efectos de las sumas de dinero que entregan las y los consumidores bonaerenses. Asimismo, los expone a la consecuencia de que, en caso de no cumplir luego con los requisitos, pierdan la totalidad del dinero abonado.
También tienen cláusulas que establecen limitaciones en la responsabilidad de la empresa e incumplen con el deber de garantía legal que poseen todos los bienes y servicios.
Finalmente, la empresa impone a los consumidores firmantes del contrato someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta decisión implica que, muchas veces, el lugar sea lejano a su domicilio. De esta manera, obstaculizan el acceso a la Justicia y limitan los derechos de los y las consumidoras.
Se cumple de esta manera con el deber de controlar los contratos de adhesión y proteger los derechos de las personas más vulnerables.