La Cámara del Trabajo ordenó reincorporar a un trabajador trans despedido ilegalmente

El secretario general de la ATE, Rodolfo Aguiar, celebró la noticia en sus redes sociales.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló ayer a favor de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) con una medida cautelar por la reincorporación de un trabajador trans en el Estado, amparado por la Ley N° 27.636 de Acceso al Empleo Formal para personas Travestis, Transexuales y Transgéneros “Diana Sacayán-Lohana Berkins”.

Se trata de la primera resolución que ordena la reincorporación de trabajadores a través de un fallo judicial que proclama los despidos como ilegales. El fallo, además, especifica el perjuicio en la salud física, psíquica y social de los despidos masivos.


En profundidad. El primer caso del que tuvo respuesta el sindicato fue de un trabajador que presta servicios en el Estado desde marzo de 2021 y el pasado 21 de marzo de 2024 el organismo público decidió no renovar su contrato. El fallo por este caso sentó un precedente para cumplir con la normativa ya mencionada. El fallo reconoce “la condición integrante de un colectivo desaventajado, históricamente oprimido en referencia a la estratificación social, emplazado en un sitio de lamentable desigualdad estructural”.

Según indicaron desde ATE, seis de cada diez mujeres y siete de cada diez hombres trans abandonan la educación formal en el nivel secundario como consecuencia de la discriminación. Mientras que siete cada diez personas trans sufrieron actitudes segregatorias al acudir al sistema público de salud y el 50% del colectivo no realizó formación laboral alguna. 

El secretario general de la ATE, Rodolfo Aguiar, celebró la noticia en sus redes sociales donde dijo que “estamos frente a un avance significativo de la lucha que los estatales llevamos adelante contra el ajuste que en el sector público impulsa el Gobierno Nacional”.

La Justicia, destacó el referente gremial, “comienza a darnos la razón y demuestra la absoluta ilegalidad que tienen los despidos masivos impulsados por Javier Milei”, en el sector público.

Cabe destacar que la Ley N° 27.636 establece que el colectivo travesti trans deberá tener un cupo mínimo de 1% en los cargos y puestos del Estado Nacional. El objetivo es que travestis y trans puedan acceder a un trabajo formal en condiciones de igualdad. Además, garantiza que aquellas personas que no hayan terminado sus estadios puedan hacerlo y continuar sus capacitaciones.

actualidadateCupo Laboral travesti TransdespidosEstadonoticiareincorporaciónTrabajo