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Lo que tenés que saber sobre la cuarentena obligatoria en todo el país

El presidente Alberto Fernádez anunció ayer en Olivos el "Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio" en todo el país. Alcances y excepciones de la medida que apunta a detener la propagación del coronavirus.

Luego de reunirse con los gobernadores, el presidente Alberto Fernández decidió que a partir de las 00 hs del viernes 20 de marzo y hasta el 31 de marzo inclusive, todos los habitantes de la Argentina deben quedarse en sus casas obligatoriamente cunpliendo la cuarentena. El decreto 297/2020 , publicado hoy en el Boletín Oficial, establece en todo el territorio el «aislamiento social, preventivo y obligatorio».

La medida persigue el objetivo de «proteger la salud pública como una obligación inalienable del Estado nacional». El alcance de la misma rige sin excepciones para todos aquellos que se encuentren en el país al día de la fecha. El avance y la propagación del virus conocido como COVID-19 o coronavirus, empujaron al presidente a tomar la medida.

Luego de confirmarse el primer caso el 3 de marzo, el virus avanzó hasta llegar a 128 infectados hasta el momento. Al día de hoy, tres son los muertos.

Cuarentena por decreto

Por ello, el Poder Ejecutivo informó que a partir de hoy, 20 de marzo, rige en el país la cuarentena obligatoria hasta el 31 de marzo. Esto implica la obligatoriedad de «permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren» para todos aquellos que se encuentre en la Argentina.

El decreto indica no concurrir al lugar de trabajo y prohíbe la circulación en espacios públicos, rutas y vías de circulación. El decreto 297/20 indica el aislamiento social obligatorio.

Solo se justificara salir de casa para comprar artículos de limpieza, alimentos o medicamentos en los comercios de cercanía.

Las fuerzas de seguridad serán las encargadas de hacer cumplir el decreto, y su incumplimiento va a acarrear consecuencias penales. Sin embargo, dentro de la norma se contemplan algunas excepciones vinculadas a actividades que son consideradas «esenciales en la emergencia».

Aquellxs que tienen permitido el desplazamiento a sus lugares de trabajo son: personal de Salud, fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, autoridades superiores de los gobiernos, personas que deban asistir a otras con discapacidad, personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos,supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, entre otros.

En principio la medida sera hasta el 31 de marzo a las 00:00 hs, pero se contempla la posibilidad de extenderla en caso de que sea necesario.

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