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Legítima defensa “reforzada”: los cambios al Código Penal que propone Milei

En la Ley Ómnibus que presentó el Presidente se introducen modificaciones que amplían los derechos de las fuerzas de seguridad. Qué incluyen las modificaciones

El paquete de leyes que envió Javier Milei al Congreso de la Nación introdujo cambios en el Código Penal para ampliar el derecho a la legítima defensa a favor de las fuerzas de seguridad.

En el artículo 344 de la denominada Ley Ómnibus busca modificar el artículo 34 del Código Penal para ampliar el inciso 4. Actualmente el mismo sostiene que “no es punible el que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.

Además, la reforma agrega que la proporcionalidad del medio que se emplee se debe interpretar siempre “en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.

Entre otros puntos, propone que también rija la legítima defensa cuando haya “una diferencia de edad, contextura física, experiencia en riña o el número de los agresores pudiera razonablemente hacer temer a quien se defiende por un daño a su integridad física o sexual”. También incluye a “quien se defendiere respecto de quien esgrimiera un arma falsa o de quien atacare con un arma mientras huye de la escena”

A su vez, el nuevo artículo incluye un apartado que establece que quienes cometan un delito, al igual que sus parientes, en caso de fallecimiento “carecen de acción para querellar o demandar a quien hubiera repelido la acción o impedido la huida”. Incluso “aunque no concurrieren los eximentes del artículo en favor de quien se defiende u obre en ejercicio de su deber, autoridad o cargo”.

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