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La AFIP reglamentó el blanqueo de capitales, qué implica

Qué es, cuándo comenzará a regir, hasta qué fecha estará disponible y quienes podrán acceder.

La AFIP reglamentó el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos, más conocido como “Blanqueo de Capitales”, propuesto en el Paquete Fiscal aprobado en el Congreso de la Nación junto con la Ley Bases.

A través de la Resolución 5528/2025 publicada en el Boletín Oficial, el organismo impositivo detalló que permitirá a los residentes y no residentes regularizar activos sin límite de monto sin costo alguno. Además, estableció que el dinero ingresado en el sistema financiero deberá quedar hasta el 31 de diciembre de 2025 o invertirse en destinos autorizados.

Quienes regularicen bienes o tenencias por hasta 100 mil dólares estarán exentos del pago de impuestos. También se facilita la adhesión de personas que perdieron su residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023, quienes podrán recuperar su residencia a partir del 1° de enero de 2024.

Según indicó el organismo, podrán aplicar al nuevo Régimen de Regularización de Activos “tanto los residentes en el país como todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal” antes del 31 de diciembre del 2023.

Requisitos para residentes:

  • Poseer Código Único de Identificación Laboral (CUIL), Clave de Identificación (CDI) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo “activo sin limitaciones”, en los términos de la Resolución General N°3.832.
  • Tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) – Formulario N°883”.
  • Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280.
  • Contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo, obtenida de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución General N°5.048.
  • Tener registrados una dirección de correo electrónico y un número telefónico, a través del sitio “web” de este organismo, mediante el servicio “Sistema Registral”.

Además, los residentes fiscales en la República Argentina antes del 31 de diciembre de 2023 y que, a dicha fecha, hubieran perdido tal condición, en caso de adherir al Régimen adquirirán nuevamente la residencia fiscal a partir del 1° de enero de 2024, inclusive.

Quienes quieran adherir al régimen podrán hacerlo a partir del 18 de julio. Para ello deberán completar el fomulario de adhesión F. 3320 a través de la web de la AFIP. La fecha límite para inscribirse es el 31 de marzo de 2025, inclusive. Asimismo, el régimen establece tres etapas con alícuotas decrecientes:

  • Etapa 1: hasta el 30 de septiembre de 2024, con una alícuota del 5%.
  • Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, con alícuota del 10%.
  • Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025, con alícuota del 15%.

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