Es Tuyo, del Barrio, de Todes

Por unanimidad, el acoso callejero es violencia de género

Con 50 votos a favor, la Cámara alta del Senado votó sumar el acoso callejero a la Ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres. El proyecto contó con media sanción en septiembre de 2017.

El acoso callejero se define, según la nueva ley, como “violencia contra las mujeres en el espacio público”. Se sancionará la violencia ejercida por una o mas personas en lugares públicos o de acceso público «a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia, o generen un ambiente hostil u ofensivo.”

Se modificará el artículo 6 que define las manifestaciones de violencia de género. Las modalidades, hasta el momento eran seis: violencia doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática.

Según datos de la Ciudad de Buenos Aires, las denuncias por acoso callejero aumentaron un 50% en 2018. Y por exhibicionismo, un 40%. Para ello, la ley implementa una línea telefónica gratuita para asesorar y acompañar a las víctimas.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley 5742 sancionada en 2017 considera penas de dos a diez días de trabajo de utilidad pública o multas de entre doscientos y mil pesos. Sin tipificar al acoso callejero como violencia de género con penas significativas.

Por otra parte, obtuvo media sanción y giró a la Cámara de Diputados un proyecto que incorpora la figura de «violencia política» a la Ley de Protección integral.

Nancy González sostuvo: «Las mujeres que estamos en política tenemos que soportar que nuestras hijas sean perseguidas. Este proyecto fue redactado para todas las mujeres que estamos en política.»

 

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