Es Tuyo, del Barrio, de Todes

1.200.000 beneficiados por los cambios en Ganancias

Se publicó en el Boletín Oficial la resolución 5008/2021. AFIP reglamentó la Ley que eleva el piso del pago del impuesto a las Ganancias. Cuáles son los puntos claves

Este martes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la Ley 27.617. La normativa eleva el piso del pago del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría a un mínimo de $150.000. 

Además, determinó que a partir de julio, los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia cobrarán la devolución retroactiva de lo descontado desde enero. Será en cinco cuotas consecutivas y beneficiará a más de 1.200.000 personas.

Por otro lado, los cambios también alcanza al aguinaldo de quienes cobran un salario bruto de $150.000.

Puntos claves de las modificaciones de la Ley 27.617

La normativa del organismo también instrumentó las modificaciones en relación a la eliminación del tope de edad para la deducción correspondiente a hijos con discapacidad.

Asimismo, incorporó la deducción por pareja conviviente -previamente solo se reconocía a cónyuges- y eximió al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre próximo.

En relación a las jubilaciones, no se tributarán quienes ganen por hasta ocho haberes mínimos, aunque tengan ingresos extras hasta $164.000 anuales.

Se mantiene el beneficio del «22% adicional» en la región patagónica, con una carga tributaria menor que el resto de los contribuyentes. El beneficio alcanzará alrededor de 83.500 empleados y jubilados.

Además, se excluyó del pago al reintegro de gastos de guardería para hijos e hijas de hasta tres años. El monto se considera hasta $67.000 por año.

Por último, incrementó el umbral de ingresos y rentas que se deben presentar en la declaración jurada informativa a $2,5 millones.

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