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Fernández presentó la ley de Fortalecimiento del sistema de Bomberos Voluntarios

En un acto en la Residencia de Olivos, el presidente Alberto Fernández presentó el decreto que permite instrumentar un régimen tarifario especial para los bomberos voluntarios del país.

En el marco de la presentación de la ley de Fortalecimiento del Sistema de Bomberos Voluntarios, Alberto Fernández aseguró que «la Argentina necesita hombres y mujeres solidarios» como los bomberos voluntarios.

La ley se sancionó el pasado 2 de junio, el mismo día que se celebra el Día del Bombero Voluntario en Argentina. La iniciativa fue presentada por el diputado justicialista Eduardo «Bali» Bucca.

La iniciativa recibió el apoyo de todas las bancadas del Congreso de la Nación y pone a disposición «recursos necesarios y la atención en caso de que padezcan daños como consecuencia de su accionar». Y destacó la labor de los bomberos voluntarios ya que «no los mueve el lucro, el dinero, sino la voluntad de socorrer a quién lo necesita».

El decreto 386/2021 se publicó este miércoles en el Boletín oficial. La ley amplía la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan enfrentar.

Además, la norma establece exenciones al pago de los servicios públicos y reintegro del IVA para compras y contrataciones para el cumplimiento de su función. El beneficio alcanzará a los «1024 cuarteles que prestan servicios en todo el territorio».

Asimismo, las «entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales».

La tarifa especial incluye telefonía fija, móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y la comunicaciones.

Por último, incluye prestaciones destinadas a cuidados bomberos que sufran algún tipo de accidente. La misma incluye asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación, traslados y contempla una prestación económica en caso de incapacidad laboral temporaria.

Se prescribe que el régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios; al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina; y a la Fundación Bomberos de la Argentina, como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.

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