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Censo 2022 | Multas de hasta $106.000 por no participar o mentir

Para quienes no participen del Censo o mientan en sus declaraciones, la ley fija una serie de penalizaciones dado que se trata de un deber cívico.

Este miércoles 18 de mayo se realizará el Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda que obliga a todos a permanecer en sus domicilios para participar.

Sin embargo, hay quienes dudan sobre las multas que se podrían aplicar en caso de no formar parte del relevamiento.

Para quienes no contesten o mientan el día del Censo 2022, hay una serie de penalizaciones dado a que formar parte, es un deber cívico. Al igual que participar de las elecciones, por ejemplo.

Según la Ley 17.622, aquellas personas que no participen o no brinden datos reales, deberán pagar una multa, cuyo valor varía.

«Incurrirán en infracción y serán pasibles de multas, conforme al procedimiento previsto en la reglamentación de la presente ley, quienes no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional», asegura la normativa.

«Incurrirán en infracción y serán pasibles de multas (…) quienes no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas»

Además detalla que los importes varían semestralmente, cada primero de enero y cada primero de julio. Puntualmente, la última actualización se publicó el 22 de febrero y la multa mínima es de $1.076,36 mientras que la máxima puede tocar los $106.799,35.

Qué se puede hacer y qué no el día del Censo

Cabe destacar que el relevamiento es obligatorio para todas las personas que habían el territorio nacional y es por ello que se declaró como feriado nacional el día del censo.

En ambas modalidades, los ciudadanos deberán permanecer en sus domicilios, tanto para entregar el comprobante de haberlo hecho virtual como para responder al censista.

Según el artículo 2, quedan prohibidas hasta las 20 del día del Censo las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas y competencias deportivas. Además, se prohíben todo tipo de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos.

Aquellos comercios de venta de artículos alimenticios y de bebidas permanecerán cerrados hasta la hora indicada. Entre ellos, restaurantes, confiterías, casas de bebidas, rotiserías y panaderías.

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