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AFIP | Reglamentaron el impuesto indirecto sobre las apuestas en línea

La misma establece plazos y condiciones para el ingreso del tributo por parte de los operadores e intermediarios alcanzados.

A través de la resolución general 5228/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP instrumentó el impuesto indirecto a las apuestas en línea.

La medida alcanzará a los créditos ingresados por los usuarios de las plataformas y de esta manera, ahora se establecerán plazos y condiciones para el ingreso del tributo por parte de los operadores e intermediarios alcanzados.

El impuesto indirecto a las apuestas en línea fue aprobado en 2016 por la ley 27.346 y modificado en 2020 para introducir alícuotas progresivas.

La alícuota es progresiva y se inicia en 2,5% para operadores residentes en el país que hayan realizado inversiones genuinas

El tributo se encuentra vigente desde la publicación a comienzos de junio y la normativa de la AFIP establece los mecanismos para facilitar la liquidación.

La resolución del organismo dispuso los plazos y condiciones para que los operadores residentes en el país y los intermediarios que actúen; en caso de plataformas del exterior presenten e ingresen el gravamen.

El impuesto indirecto sobre las apuestas en línea se aplica sobre los créditos ingresados por los usuarios de las plataformas. La alícuota es progresiva y se inicia en 2,5% para operadores residentes en el país que hayan realizado inversiones genuinas. Asimismo, se extiende hasta el 15% para los residentes en países de baja o nula tributación.

De acuerdo a la legislación vigente, el 95% de lo recaudado es coparticipable. Por otro lado, el 5% restante se destina a la firma estatal ARSAT.

La normativa establece que los operadores e intermediarios, en su rol como agentes de percepción, deberán solicitar el alta en el impuesto para el ingreso del gravamen consignando el código 441-Apuestas Online. Además, dicta que las operaciones en moneda extranjera se convertirán a moneda nacional.

Cuando existan operadores extranjeros, el agente de percepción será la entidad financiera o bancaria que funcione como intermediario entre el usuario y la plataforma que posibilite el pago de la apuesta.

Solicitud de inscripción en AFIP

La solicitud de inscripción al registro se efectuará mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web del Organismo, adhiriendo al servicio “Registro de control online del sistema de apuestas” e ingresando a la opción “Generar solicitud”. Para ello, se deberá utilizarla respectiva Clave Fiscal obtenida de acuerdo con el procedimiento previsto.

El usuario deberá completar los datos requeridos por el sistema. La inscripción en el registro será resuelta por esta Administración Federal; en la medida que se cuente con la validación de los Organismos Reguladores de la actividad.

Dicha validación se efectuará mediante transferencia electrónica de datos a través del servicio web, “Juegos de azar y/o apuestas – Organismo Habilitante” ingresando a la opción “Habilitación de puntos de explotación – Juegos online”, utilizando la respectiva Clave Fiscal. El Organismo Regulador deberá completar los datos requeridos por el sistema.

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