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El Tribunal de Casación Penal bonaerense anuló la absolución de los imputados por el abuso y femicidio de Lucía Perez

En 2018 por unanimidad el Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 de Mar de Plata decidió absolver a los tres imputados por la causa de abuso sexual y femicidio. Esta tarde, Casación ordenó un nuevo juicio.

En 2018 la sentencia del crimen de Lucía Pérez vislumbró nula perspectiva de género en su fallo. Por el femicidio y abuso sexual a la joven, a dos de los tres imputados se los condenaron a ocho años de prisión por venta y tenencia de estupefacientes. Esta tarde el Tribunal de Casación Penal bonaerense anuló la absolución y ordenó que se realice un nuevo debate «con la premura que el caso amerita».

El juicio se realizó en 2018 y tuvo como resultado la absolución de Matías Gabriel Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Alberto Maciel.

Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 se basaron en las declaraciones de los peritos que dijeron que no hubo lesiones compatibles con agresión sexual. Por ello, solo acusaron a dos de los imputados por tenencia y venta de estupefaciente.

La fiscal María Isabel Sánchez, a los días de la muerte de Lucía, habló en conferencia de prensa donde indicó que los acusados drogaron, abusaron y empalaron a la adolescente. Finalmente, lavaron el cuerpo para ocultar sus huellas.

A los 8 meses, en junio de 2017, se realizó una junta médica en el Instituto Forense de Lomas de Zamora. Un perito negó la posibilidad del empalamiento. La defensa oficial determinó que no hay certezas con respecto a la causa de la muerte y puso en duda la existencia de un abuso sexual.

Los jueces Gómez Urso, Viñas y Carnevale expusieron que “no existen elementos probatorios que permitan señalar que Lucía se encontraba en una situación de subordinación o vulnerabilidad”. Y aseguraron que no existió «ni violencia física, psicológica ni mucho menos cosificación» porque todo se dio en el marco del consetimiento.

«Los imputados no serán absueltos por una cuestión de duda sobre lo que hicieron, sino porque la prueba ha ofrecido claridad en torno a la inexistencia de un abuso sexual con acceso carnal y de una responsabilidad (imputación) por la muerte de Lucía”.

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