Ya rige la norma que reconoce a las mujeres aportes jubilatorios por cada hijo
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, mujeres podrán sumar de uno a tres años de servicios computables para su jubilación por cada hijo. También se considerarán adoptantes y madres de niños y niñas con discapacidad.
Este lunes, a través del decreto 475/21, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial la norma que permite a mujeres sumar años de servicios computables para su jubilación por cada hijo e hija. También se reconocerá a madres de niños y niñas con discapacidad y madres adoptantes.
Se dispuso que “al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), las mujeres y/o personas gestantes podrán computar un año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida”.
Asimismo, reconoce que «en caso de adopción de personas menores de edad», se computarán 2 años por cada hijo o hija adoptada.
Por otra parte, “se reconocerá un año de servicio adicional por cada hijo y/o hija con discapacidad». Será para hijos o hijas que hayan nacido «con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de edad”.
El beneficio se extiende a “aquellas personas que hayan accedido a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social por el período de, al menos, doce meses continuos o discontinuos”.
También se incluye un período de licencia por maternidad para la jubilación. “Las prestaciones de retiro transitorio por invalidez o de la pensión por fallecimiento del afiliado o de la afiliada en actividad», señala la norma.
Por último, la normativa que entra en vigencia este lunes regirá“sólo para las prestaciones que se soliciten” desde entonces.
Fuente: Agencia de Noticias Telam
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