Es Tuyo, del Barrio, de Todes

Qué ley respalda la decisión de la familia de Silvina Luna

El paciente tiene derecho a rechazar tratamientos que prolonguen su vida artificialmente. De qué trata la norma N° 26.529.

Silvina Luna fue figura en los medios de comunicación desde hace más de 20 años después de su participación en la segunda edición de Gran Hermano en Argentina. En los últimos meses, su salud empeoró tras las consecuencias de las intervenciones quirúrgicas con Aníbal Lotocki. Lamentablemente, en las últimas horas, su cuadro tuvo una desmejora notoria.

Ayer Silvina debió ser entubada nuevamente tras contraer una nueva bacteria hospitalaria. Tras conocerse la situación, el abogado de Luna confirmó la decisión de la familia: desconectar a la actriz.

Al conocerse la noticia, surgieron dudas: ¿se puede desconectar a una persona en un estado irreversible?

Qué dice la ley

La ley 26.529 de Derechos del Paciente en Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud, vino a reforzar la protección del paciente frente al paternalismo médico.

“Todo paciente tiene derecho a saber sobre su estado de salud y los posibles tratamientos. Puede decidir si quiere recibir o no los tratamientos que prolonguen su vida artificialmente”, afirman desde la cartera de Salud.

Según determina la ley, en caso de tener una enfermedad irreversible, incurable o en estadío terminal, tenés derecho a negarte a que te alimenten, te hidraten, o te reanimen si esos procedimientos producen mucho sufrimiento y no sirven para que tu salud mejore. Además, tenés derecho a pedir que te retiren las medidas de soporte vital si no sirven para que tu salud mejore.

Asimismo, toda persona mayor de edad puede dejar por escrito que acepta o rechaza determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos. Toda decisión puede ser revertida.

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