Declararon inconstitucional el sistema de reconocimiento facial
La jueza porteña Elena Amanda Liberatori consideró que el sistema se implementó sin cumplir con los recaudos legales de protección de los derechos de los habitantes del distrito.
La jueza porteña Elena Amanda Liberatori declaró inconstitucional al sistema de reconocimiento facial que aplicó el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Precisamente, consideró que se implementó sin cumplir con los recaudos legales de protección de los derechos de los habitantes del distrito.
En la resolución, Liberatori dio lugar al amparo colectivo presentado a fines del 2020 por el Observatorio de Derecho Informático Argentino contra la administración que encabeza de Horacio Rodríguez Larreta.
Esta acción cuestionó la constitucionalidad y convencionalidad de las normas que dispusieron la aplicación del sistema de reconocimiento facial de prófugos: una tecnología que permitió el acceso a datos biométricos de casi 10 millones de personas.
En su presentación, el observatorio advirtió que las medidas de seguridad implementadas mediante una empresa privada “no fueron precedidas por un debate profundo acerca de la pertinencia y seguridad del sistema”.
Asimismo, se destacó que con este sistema cualquier persona sería juzgada por un sistema de inteligencia artificial, negando muchos de sus derechos.
El fallo confirma lo que denunciamos junto con @ODIAasoc. El sistema de reconocimiento facial de la Ciudad de Buenos Aires se gestionó por fuera de la norma que lo regula. Sin mecanismos de control.
— CELS (@CELS_Argentina) September 7, 2022
Finalmente se requirió como medida cautelar que “se suspendiese la aplicación de las normas indicadas”. Además se determinó la nulidad de todo lo actuado por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad sin orden judicial constatable.
Por último, en la resolución, la magistrada consideró que “la mera eventualidad de estas falencias con las consecuencias que se derivan en los derechos personalísimos de las personas afectadas y la ausencia de controles demuestra un grave grado de riesgo de vulneración de derechos personales”.
Recordemos que en abril se demostró que el gobierno usaba el sistema de manera irregular para acceder a datos de personas sin orden de búsqueda. Entre ellas dirigentes políticos, sociales, sindicales y de derechos humanos, como también jueces, empresarios y periodistas.
Para el CELS el fallo confirma que el sistema de reconocimiento facial se gestionó por fuera de la norma
El Centro de Estudios Legales y Sociales consideró que el fallo de la jueza Elena Liberatori que declaró inconstitucional el sistema de reconocimiento facial implementado por el Gobierno porteño confirmó que fue “gestionado por fuera de la norma que lo regula y sin mecanismos de control”.
Mediante su cuenta de Twitter, el CELS sostuvo que el sistema de reconocimiento facial porteño se gestionó por fuera de la norma que lo controla.
A raíz de esta falta de control. El sistema se usó de manera ilegal para buscar a más de 15 mil personas que no estaban en la lista de prófugos de la. Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (CONARC).
Por ley, el SRFP sólo debe emplearse para la búsqueda de esas personas.
— CELS (@CELS_Argentina) September 7, 2022
“Esto es consecuencia de la no constitución de la Comisión Especial en la Legislatura de la CABA. Además de la falta de informes por parte de la Defensoría del Pueblo CABA y la inexistencia de un estudio de impacto sobre los derechos de los ciudadanos previa implementación del SRFP”, agregaron.
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