Sobreseyeron a un hombre de 75 años que cultivó marihuana
Había sido detenido por tenencia de plantas en macetas en la terraza del edificio donde vive. Utilizaba el cannabis con fines medicinales.
Este martes la Cámara Federal porteña revocó el procesamiento y sobreseyó a un hombre de 75 años que cultivó marihuana con fines medicinales. El hombre contaba con 17 plantines con el objetivo de fabricar aceite de cannabis y consumirlo ante un cuadro depresivo.
Pese a no contar con permiso de autocultivo, la sala I del Tribunal de Apelaciones revocó el procesamiento ya que considera que el hombre «no ha excedido su ámbito de autonomía personal».
Según determinaron los magistrados Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, la conducta del hombre se enmarca como «una acción privada, sin riesgo de afectación a terceros, hallándose en consecuencia protegida por el principio de reserva consagrado en el artículo 19 de la Constitucional Nacional».
«Una acción privada, sin riesgo de afectación a terceros»
En su declaración, el hombre contó que comenzó a cultivar luego de que le diagnosticara a su mejor con Alzheimer. Sin embargo, no llegó a suministrar aceite porque la mujer falleció en 2021.
Tras la muerte de su mujer, el hombre comenzó a sufrir un «estado de depresión» que incluía dolores físico. Por ello, decidió continuar con el cultivo «intentando lograr una fórmula con la composición que le permitiera mejorar su calidad de vida».
El cultivo de marihuana se realizaba en una zona de la terraza del edificio donde vive, en un espacio de uso exclusivo. Tenía un total de 17 plantines, que la policía secuestró porque no contaba con «la debida autorización».
Sin embargo, el fallo que revocó su procesamiento «los plantines se hallaron en un lugar privado, eran de pequeños tamaños, impidiendo conocer si florecerían o no». «Además, eran cultivadas por un individuo de más de setenta años, ya jubilado, que carece de antecedentes penales, dado que no tenía otra intención que paliar sus dolencias físicas«, señalaron los jueces.
Además, evaluaron que no hay evidencia de comercialización de droga. También señalaron que el imputado «al momento de realizar el descargo, demostró conocimiento sobre la manera en que se realizaba el aceite».
Con información de Telam
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