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Una buena: un juez frenó la derogación de la Ley de Tierras

El titular del Juzgado Federal Nº 4 de La Plata, Ernesto Kreplak, hizo lugar a la medida cautelar presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata.

El titular del Juzgado Federal N°4 de la Ciudad de La Plata, Ernesto Kreplak, hizo lugar a la medida cautelar presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) y suspendió la vigencia del artículo N°154 del DNU impuesto por Javier Milei, que derogaba la Ley de Tierras. Con esta decisión, se suma otro revés para la gestión del libertario que ya suma varias medidas cautelares en diferentes juzgados del país.

El artículo que se frenó derogaba la Ley N°26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales. La norma limita la adquisición y posesión de tierras a personas físicas o jurídicas de nacionalidad extranjera, y prohíbe la adquisición de tierras que contengan agua. 

Para Kreplak, la iniciativa de Javier Milei “libera el mercado de tierras, habilitando la extranjerización de las mismas, con dinámicas latifundistas, que ponen en crisis los principios de integridad territorial y la soberanía nacional, condicionando no sólo la disponibilidad del suelo argentino, sino también los cursos de aguas dulces”.

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La decisión de Kreplak se basa en el recurso de amparo presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata, semanas atrás, quienes consideraron que el artículo en debate era una “vocación clara del Poder Ejecutivo Nacional de rifar la tierra” que derogaba la capacidad de defender la soberanía nacional e impedía garantizar la accesibilidad de la tierra, al hábitat, a la alimentación, al agua y a los bienes naturales.

Entre sus fundamentos, el juez del Juzgado Federal Nº 4 citó a la Corte Suprema y señaló que “el texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”. “Si se considera que su dictado se sujeta a criterios de oportunidad, mérito y conveniencia por ser una valoración estrictamente política, y que el Presidente puede elegir libremente si dictar un DNU o formular su iniciativa al Congreso -criterio del que no participo-, sería precisamente aún más exigible la motivación”, dictó Kreplak.

La semana pasada, la organización de excombatientes se presentó en Casa Rosada y dejó una notificación judicial en la que se le demandaba al mandatario que realice un informe y determine, en el plazo de cinco días, cuál es el “interés público” en la derogación de Ley de Tierras. Aún no hubo respuestas.

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